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La determinación la tomó la Corte Constitucional al fallar una tutela a favor de una madre cabeza de familia quien reclamaba la pensión de sobrevivientes luego de que su esposo y su hijo perdieran la vida al quedar atrapados en un derrumbe en las minas Palo Blanco y El Uvo.
En ese sentido y al resolver dicha tutela la corporación le ordenó a la Superintendencia de Economía Solidaria que investigue la relación entre Coopservar, cooperativa que contrató a los dos mineros, y las minas mencionadas, con el objetivo de determinar si se han infringido las normas que regulan la organización y funcionamiento de las cooperativas de trabajo asociado, en particular, lo relacionado con la prohibición de intermediación laboral.
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